Firmando testamento

Entendemos la desheredación como el mecanismo por el cual el causante de un proceso sucesorio, mediante previsión testamentaria, puede privar a sus herederos forzosos (también llamados legitimarios), de la parte del caudal relicto que legalmente les pudiera corresponder, mediante la alegación de algunas de las causas previstas por la ley,

La pasada crisis sanitaria causada por el virus SARS-CoV-2 ha hecho resurgir el interés por el derecho sucesorio en general, y la desheredación en particular. La delicada situación a la que se han visto sometidos los mayores en todo el mundo, ha introducido en el debate público situaciones que la población califica como indeseables, tales como su abandono por parte de familiares.
 
La desheredación en testamento es una figura de aplicación muy restrictiva, pero que ciertamente en los últimos años, y sobre todo a raíz de la pandemia, se solicita cada vez más, especialmente por aquellas personas mayores que se han sentido desatendidas por algunos de sus familiares. Las causas de desheredación se han visto flexibilizadas mediante la interpretación jurisprudencial para adaptarlas a la realidad social. 
 
No obstante, no basta con solicitar la desheredación o indicarlo así en el testamento. Para que esta surta efecto en su momento, deberán concurrir unos requisitos que fija la ley. Por ello, es muy importante contar con asistencia jurídica en caso de plantearse desheredar a alguno de los herederos, puesto que hacerlo de manera incorrecta, sin justificar la causa, sin documentarla o fundamentarla, puede conllevar problemas futuros, de forma que no se acabe cumpliendo con la voluntad del testador.
Si estás en esta situación, no lo dudes, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso para encontrar la mejor solución.