En materia de familia, incluso en el caso de haberse alcanzado un acuerdo en convenio regulador, no es infrecuente que se incumplan las medidas fijadas. Según informe de la AEAFA, 3 de cada 10 sentencias dictadas en procedimientos de familia es incumplida. Los incumplimientos más habituales son los relativos a la obligación de abonar la pensión de alimentos o gastos extraordinarios, pero también existen obligaciones no dinerarias, como el incumplimiento del régimen de visitas (bien cuando un progenitor no permite al otro disfrutar de sus visitas y estancias, bien cuando el progenitor no realiza las visitas y estancias con sus hijos voluntariamente). Ante los incumplimientos de medidas, el procedimiento al que debe acudirse es al de ejecución de títulos judiciales, esto es, hacer cumplir las medidas fijadas en sentencia. Para estos procedimientos, resulta obligatoria la asistencia de Abogado y Procurador, siendo que el procedimiento de ejecución en materia de familia tiene muchas particularidades, para lo que es importante contar con asesoramiento especializado en la materia.

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